
El placer de surcar los mares con una embarcación de recreo no está exenta de riesgos. Por ello existen unos requisitos legales de obligatorio cumplimiento con la finalidad de paliarlos o al menos minimizar sus consecuencias.
Tipos de embarcaciones
Índice de Contenidos
Pero antes de entrar en detalles cabría aclarar de qué tipo de embarcaciones estamos hablando, qué entendemos por tanto, por embarcación de recreo.
Serían:
- Embarcaciones a motor
- Veleros
- Embarcaciones neumáticas o semirrígidas
- Motos acuáticas

Seguro Obligatorio de Embarcaciones de Recreo
Desde el día 1 de julio del año 1999 la legislación española obliga a las embarcaciones de recreo o deportivas, incluidas las motos acuáticas, a disponer de un seguro de Responsabilidad Civil. Obligatoriedad por tanto parecida o similar a la que está sometida cualquier vehículo a motor que circula por carretera.
Pero en el caso de las embarcaciones, el seguro de responsabilidad Civil no es sólo de obligatoria contratación para las embarcaciones a motor, sino también para aquellas que aun careciendo de motor tengan una eslora superior a 6 metros.
Coberturas Mínimas del Seguro de Responsabilidad Civil
Este seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio, en unos límites mínimos establecidos, tiene que cubrir los siguientes percances:
- Muerte o lesión corporal de terceras personas.
- Daños materiales a terceros.
- Pérdidas económicas sufridas por terceros como consecuencia directa de dicha muerte, lesión o daño.
- Daños a buques por colisión o sin contacto
Ampliación de Coberturas
A partir de esta cobertura obligatoria de Responsabilidad Civil, opcionalmente se pueden ampliar las cuantías mínimas exigibles de la misma, así como la contratación de otras coberturas que afectan a los daños propios de la propia embarcación o bien los ocupantes del mismo, tales como:
- Pago de costas. Garantiza el pago de costas judiciales y extrajudiciales por la defensa del asegurado y la gestión de siniestros.
- Daños propios de la embarcación y robo.
- Asistencia marítima: remolque del barco y de las personas.
- Accidentes de ocupantes. Incluye los accidentes personales que produzcan lesiones o fallecimiento, así como gastos sanitarios.
Seguro Marítimo de Embarcaciones
El seguro de Embarcaciones es un seguro Marítimo al que se le pueden aplicar incluso las normas extranjeras. Por ello es común encontrar aseguradoras que permiten aplicar las cláusulas españolas (valor de la embarcación en euros) o las inglesas más conocida como “Institute Yacht Clauses”, que abarca un paquete de coberturas muy extenso y atractivo.
En La Montera Seguros un seguro de embarcación de recreo barato con prestaciones obligatorias podemos ofrecérselo por 50€, pero siempre recomendamos la contratación de coberturas ampliadas, porque como en la carretera, el mar depara un sinfín de sorpresas a veces imprevisibles, que una buena póliza de seguros puede solventar.
Como siempre para cualquier aclaración estamos a su disposición en www.lamonteraseguros.es, en el 615.110.760 (incluido whatsapp) o en nuestras oficinas de avenida Tercer Centenario, 40 donde le atenderemos gustosamente.




